LIBERTAD DE PRENSA-DERECHO A LA INTIMIDAD-DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto
Por aplicación del art. 1071 bis del Código Civil, el periodista demandado debe indemnizar a los hijos menores y al esposo de una mujer asesinada, dado que realizó publicaciones de imágenes de la familia no consentidas, de circunstancias personales íntimas de la víctima, y otras referidas a cuestiones personalísimas de los accionantes -orientación sexual-, que tomaron estado público a través de los ejemplares, cuando no existía un interés público superior al individual que justificara traspasar el límite de los valores personales y la intimidad.
Fuente : SAIJ
JUZGADO DE 1ra INST EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y DE FAMILIA 5ta NOM. RIO CUARTO, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Fraire de Barbero, Rita)
Macarron, Marcelo Eduardo y otros c/ Vaca Narvaja, Hernan s/ ordinario
SENTENCIA del 25 de Julio de 2013
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